Puebla, 14 de junio.- Este sábado entró en vigor la llamada Ley Censura que establece una pena de 5 años de prisión a quien use las redes sociales para injuriar, ofender o vejar a una persona con la insistencia de dañar su integridad física o emocional.
Lo anterior, tras publicarse en el Periódico Oficial del Estado (POE) reformas al Código Penal que tipifican y sancionan el delito de ciberasedio.
La reforma, impulsada por José Luis García Parra, coordinador de Gabinete del gobierno estatal, fue aprobada este jueves por el Congreso local en sesión pública ordinaria.
El decreto contempla la adición del artículo 480, que define el ciberasedio como el acto de insultar, injuriar, ofender o vejar a una persona a través de medios digitales con la insistencia suficiente para dañar su integridad física o emocional.
La pena establecida va de 11 meses a 3 años de prisión, además de una multa de 50 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que representa un monto aproximado de hasta 30 mil pesos.
En caso de que la víctima sea menor de edad, la ley presume un daño a la dignidad, por lo que la sanción podrá incrementarse hasta en dos terceras partes de la pena máxima.
Además del ciberasedio, la reforma también tipifica otros delitos relacionados con el uso indebido de tecnologías de la información, como la usurpación de identidad, el espionaje digital y el contacto con menores con fines de manipulación o chantaje sexual.
El documento, firmado por el gobernador Alejandro Armenta Mier y miembros del Poder Ejecutivo estatal, argumenta que estas modificaciones responden al aumento de delitos cometidos mediante redes sociales, correos electrónicos y otros entornos digitales.
Las reformas derogan toda disposición legal que se oponga a lo establecido en el nuevo decreto.