México, 16 de octubre.- La presidenta Claudia Sheinbaum publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto de la Ley de Amparo, la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y el Código Fiscal de la Federación, con el objetivo de modernizar los procedimientos judiciales y fiscales, así como garantizar un acceso más eficiente a la justicia.
El decreto entraría en vigor este viernes.
Principales cambios en la Ley de Amparo:
• Digitalización de procedimientos: Las promociones en el juicio de amparo podrán realizarse de manera electrónica o impresa, y se establece la obligación para las autoridades de contar con usuarios en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, a fin de recibir notificaciones y enviar promociones digitales.
• Opcionalidad de la firma electrónica: Se garantiza que la presentación de promociones electrónicas sea opcional y que no se condicione el acceso al juicio por el uso de medios digitales.
• Suspensión de actos: Se precisan las condiciones para otorgar la suspensión provisional y definitiva de actos de autoridad, incluyendo límites en materia de contribuciones fiscales, operaciones financieras y procedimientos penales, con especial atención a la protección del interés social y de los derechos humanos.
• Exención de garantías: Personas morales públicas, fondos, fideicomisos y entidades oficiales quedan exentas de otorgar las garantías que la Ley de Amparo exige.
• Audiencias y resolución: Las audiencias deberán ser públicas y se establecen plazos específicos para la emisión de fallos y la integración de expedientes, incluyendo la videograbación de las pruebas y alegatos.
Reformas al Código Fiscal de la Federación:
• Se adicionan tres nuevas fracciones al artículo 124, estableciendo que no procede el recurso cuando el contribuyente desconozca los actos administrativos, cuando se trate de créditos fiscales firmes o resoluciones sobre prescripción de créditos fiscales.
Cambios en la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa:
• Se excluyen de la competencia del Tribunal los actos que exijan el pago de créditos fiscales determinados en resoluciones firmes, reforzando la separación entre procedimientos fiscales ya concluidos y la revisión judicial.
Transitorios y plazos de implementación:
• El Órgano de Administración Judicial tendrá 360 días para adecuar el Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación, permitiendo el registro de usuarios digitales para autoridades.
• Las autoridades federales, estatales, municipales y alcaldías tendrán 180 días para crear sus perfiles en el sistema y cumplir con lo establecido en el decreto.
• La integración de expedientes electrónicos y físicos será regulada mediante un Acuerdo General dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor, priorizando la eficiencia y el uso de tecnologías sin menoscabar el derecho de las partes a consultar sus expedientes.

