México, 20 de febrero.- En el marco de la reestructuración del sistema de pensiones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el senador Antonino Morales Toledo anunció que la próxima semana presentará una iniciativa para reformar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con el objetivo de eliminar los plazos mínimos obligatorios para que las personas en concubinato puedan acceder a pensiones por fallecimiento y servicios de seguridad social.
El legislador explicó que la propuesta busca armonizar la legislación secundaria con los criterios recientes emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y con los principios constitucionales de igualdad, no discriminación y protección amplia de la familia.
Actualmente, la Ley del ISSSTE exige que la concubina o el concubinario haya convivido con la persona trabajadora o pensionada durante cinco años previos al fallecimiento —o que existan hijas o hijos en común— para poder acceder a la pensión. Asimismo, contempla un plazo de dos años para el acceso a ciertos servicios.
La iniciativa del senador Morales plantea sustituir ese criterio rígido y cuantitativo por uno cualitativo, centrado en la acreditación efectiva del vínculo familiar.
“Estamos buscando que las familias efectivamente constituidas en concubinato no queden excluidas por el simple incumplimiento de un umbral temporal predeterminado. Se elimina la barrera automática que impedía el acceso a derechos cuando no se cumplía el plazo de cinco años”, detalló.
De aprobarse, la reforma modificaría los artículos 41 y 131 de la Ley del ISSSTE para establecer que el reconocimiento del concubinato deberá realizarse mediante una valoración integral de las circunstancias del caso concreto, sin exigir un plazo mínimo rígido como condición excluyente.
La propuesta se sustenta en resoluciones de la SCJN, que ha determinado que la exigencia de un plazo fijo de cinco años para acceder a la pensión por concubinato en el régimen del ISSSTE resulta desproporcionada e incompatible con el parámetro constitucional de protección a la familia y el derecho a la igualdad.
Según el senador, fijar plazos cerrados puede traducirse en la exclusión injustificada de parejas que organizaron su vida en común, pero que iniciaron su convivencia en etapas posteriores de la vida o que no tuvieron hijas o hijos.
“La seguridad social es una función esencial del Estado. No puede depender exclusivamente de un requisito cronológico que desconozca la realidad de las familias”, subrayó.
El anuncio se da en paralelo a la reforma estructural que impulsará la presidenta Claudia Sheinbaum para “ordenar” el sistema de pensiones del ISSSTE y eliminar las llamadas “pensiones doradas”, sin comprometer la viabilidad financiera del Instituto.
Morales afirmó que su propuesta forma parte de ese paquete de ajustes orientados a modernizar el sistema, hacerlo más equitativo y alinearlo con los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
El senador enfatizó que la reforma no elimina la obligación de probar la existencia del concubinato, sino que traslada el análisis a la acreditación real de la relación, incluyendo elementos como convivencia estable, pública y permanente, comunidad de vida e interdependencia económica.
En caso de controversia, el Instituto deberá resolver conforme a los principios de legalidad, objetividad e igualdad.

