México, 31 de agosto.- Saúl Monreal, senador de Morena, declaró que los jueces de Chiapas y Morelos que ordenaron la suspensión de la discusión de la reforma al Poder Judicial pueden ser llevados a juicio político si así es la decisión de la Cámara de Diputados.
Sin embargo, el legislador de Zacatecas, instó al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) a que en el ámbito de sus respectivas competencias, vigile este asunto y realice las acciones de disciplina que correspondan.
En un mensaje en su cuenta de X, Saúl Monreal recordó que “fue el pueblo de México quien decidió respaldar el Plan C de nuestro presidente, Andrés Manuel López Obrador. Ahora, un grupo de jueces está intentando frenar la reforma al poder judicial, acción que carece de legitimidad social, política y jurídica”.
Abrió un hilo para explicar las implicaciones de esta resolución judicial:
- Dicha resolución es violatoria a la división de poderes, ya que el Poder Legislativo es el único facultado para decidir la aprobación de alguna reforma y su posterior remisión a los congresos locales.
- Las reformas a la Constitución se llevan a cabo con un proceso legislativo especial enmarcado en el artículo 135 de la Carta Magna, mismo que el Poder Legislativo ha atendido de manera puntual. Y en el cual no tiene injerencia el Poder Judicial, ni el Ejecutivo.
- La reforma al Poder Judicial no será realizada a través de una ley ordinaria, si no por el Soberano Legislador, es decir la mayoría del pueblo de México, a través de su Congreso de la Unión y el Constituyente Permanente.
- El juez está actuando temerariamente a sabiendas de que no tiene facultades para emitir tal resolución y está interpretando indebidamente la Ley de Amparo, pues no hay disposición expresa que pueda permitir a los juzgadores entrometerse en el proceso legislativo.
- Un juez de distrito no puede ignorar los temas más básicos de la teoría constitucional pues, en tal caso, dudamos de su competencia y es posible que el juez tenga un serio conflicto de intereses por resolver en contra de lo que dicta la Constitución y las leyes que de ella emanan.
- Es posible llevar a juicio político al juez de distrito por tan grave violación a los principios constitucionales, de conformidad con el artículo 110 de la Constitución. (Sin embargo, esta decisión deberá principiar en la Cámara de Diputados)