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Revocación de mandato va; ordena Tribunal Electoral a INE solicitar a Hacienda recursos para realizarla

admin by admin
30 de diciembre de 2021
in Política
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México, 30 de diciembre de 2021.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) carece de atribuciones para posponer el ejercicio de revocación de mandato, por lo que la falta de presupuesto no es una causa de fuerza mayor para retrasar su realización.

En el proyecto presentado se detalla que el INE deberá realizar las adecuaciones correspondientes para la realización de la consulta ciudadana y, en caso de demostrar insuficiencia de recursos, podrá solicitar una ampliación de presupuesto a la Secretaría de Hacienda, la cual resultó vinculada en esta resolución.

Los magistrados del TEPJF enfatizaron que la negativa de realizar la consulta de revocación de mandato, menoscaba el derecho a la participación ciudadana por lo que se trata de un procedimiento que deberá realizarse de acuerdo con la ley.

El magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, señaló que este mecanismo busca que la ciudadanía pueda controlar el mandato dado a los gobernantes y en él confluyen elementos indispensables de la democracia.

Jeanine Otalora votó parcialmente a favor y se separó de dos puntos, uno en el que no se le reconozca interés jurídico a la ciudadanía para impugnar acuerdos del Consejo General del INE.

Felipe de la Mata Pizaña votó a favor debido a que comparte que el INE no tiene la facultad para la prórroga del ejercicio.

Recalcó que si bien el INE es el órgano encargado de su realización, hay otras dependencias que deben de garantizar el ejercicio pleno de la ciudadanía para la consulta.

Recordó, además que el instituto podrá realizar una solicitud de ampliación del presupuesto, en tiempo y forma.

Mónica Aralí Soto Fregoso votó a favor del proyecto y también se separó de algunos puntos. Coincidió en que el Consejo General del INE no tiene atribuciones para posponer o suspender la Revocación de Mandato.

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